Anulación del registro inicial y tarjeta de registro de un remolque y semirremolque, ante un organismo de tránsito a solicitud de su titular.
1-Documento de identidad:
2- Condición: La solicitud es personal y el interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
3- Condición: Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.
4- Condición: Formulario de solicitud de trámites del registro nacional de maquinaria agrícola, y de construcción autopropulsada, (ver formulario)
5- Condición: Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (VER), poder general o poder especial este debe tener presentación personal ante una notaría pública, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.
6. Condición: Presentar tarjeta de registro.
7. Condición: Certificación de la revisión técnica de la DIJIN: Donde se encuentren detalladas las características de identificación del remolque y semirremolque. Este documento no se debe presentar en caso que la cancelación de matrícula esté originada por pérdida definitiva, hurto o desaparición documentada, por decisión judicial o por vencimiento del término de la importación temporal de un remolque y semirremolque.
Casos especiales:
Certificación expedida por la empresa desintegradora: Debidamente autorizada por el Ministerio de Transporte
Denuncia instaurada ante la autoridad competente por el hurto del remolque o semirremolque: Para que se declare la pérdida definitiva debe transcurrir un (1) año desde la denuncia instaurada por la pérdida del remolque o semirremolque
Certificación expedida por autoridad judicial: Que constate que se desconoce el paradero final del remolque o semirremolque.
El tiempo que debe transcurrir desde la denuncia instaurada por la pérdida del remolque o semirremolque, para que se declare la pérdida definitiva es de un (1) año
Línea : (601) 8512064 Ext.101
Correo:
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