El propósito es realizar la inscripción de la transferencia de la propiedad a persona indeterminada de carro, moto, maquinaria agrícola industrial, de construcción autopropulsada, remolques y semirremolques y no automotores.
Estar inscrito en la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) como persona natural o jurídica. Si un tercero realiza el trámite, también debe estar inscrito.
Pagar el valor del trámite en el banco autorizado ubicado en los puntos de atención de la Ventanilla Única de Servicios.
Presentar el recibo de pago de retención en la fuente, excepto si se es autorretenedor no obligado a dicho pago.
No tener multas pendientes por infracciones de tránsito.
En el caso de personas jurídicas, se verificará el certificado de Existencia y Representación Legal en el sistema RUES.
El vehículo debe estar al día con sus obligaciones tributarias.
Deben haber pasado al menos tres (3) años desde que se dejó de ser poseedor del vehículo, y esto debe demostrarse.
No contar con el contrato de compraventa y/o documento que demuestre la transferencia del derecho de dominio del vehículo.
No estar en ninguna de las causales de cancelación de matrícula establecidas en el artículo 40 del Código Nacional de Tránsito Terrestre.
Estar a paz y salvo en el pago de impuestos del vehículo de los últimos cinco (5) años, a menos que se tenga una exención tributaria. Es recomendable presentar el comprobante de pago físico para agilizar la validación.
Cédula de ciudadanía o contraseña para nacionales mayores de edad. Para menores de edad, tarjeta de identidad o contraseña. Para extranjeros mayores de edad: cédula de extranjería, pasaporte vigente o Permiso por Protección Temporal (PPT).
Poder especial mediante documento privado, poder general mediante escritura pública o contrato de mandato otorgado por el propietario para que un tercero realice los trámites necesarios.
Formulario de solicitud de trámites del registro nacional automotor.
Documento que acredite el levantamiento de alguna limitación a la propiedad, en caso de existir; la limitación de dominio debe ser levantada previamente cumpliendo con los requisitos correspondientes.
Documento bajo gravedad de juramento firmado por el propietario o sus herederos, y en caso de entidades de derecho público, por el poseedor, en el que se indique la fecha, las razones por las que se perdió la posesión del vehículo y que se desconoce su paradero.
Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, actualmente existen tres tipos de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite expedido físicamente por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web.
La resolución 3282 del 05/08/2019 regula el procedimiento de traspaso a persona indeterminada y de esta figura al interesado, así como la suspensión y cancelación de los vehículos a nombre de persona indeterminada. Tiene una vigencia de 3 años contados a partir de su publicación.
Línea : (601) 8512064 Ext.101
Correo:
atencionvirtual@transitozipaquira.com
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